Gracias a intervención de la Personería, juzgado ordena la realización de estudios estructurales y del suelo, así como la actualización de la valoración socioeconómica de los residentes del conjunto residencial Chiminangos II para su consecuente reubicación.
Con fundamento a la acción de tutela interpuesta por la Personería de Cali, el 17 de julio de los corrientes, el Juzgado Primero Penal del Circuito revocó la decisión que se había adoptado en primera instancia, amparando el derecho fundamental a la vida, ordenando a la Alcaldía que en el término de siete días, de manera conjunta con las secretarías correspondientes, realicen la valoración de las condiciones socioeconómicas de los residentes del conjunto residencial Chiminangos 2, torres E, F y G, así lo señaló el titular del Ministerio Público en la capital del Valle, Gerardo Mendoza Castrillón.
Así mismo, agregó que ello se da, a fin de determinar quiénes cumplen con los requisitos de reubicación y subsidio de arrendamiento en procura porque continúen con los trámites correspondientes.
Al respecto consignó el operador judicial: “En ese sentido, este Despacho considera que es procedente la acción de tutela presentada por el Personero Distrital de Cali para amparar derechos colectivos, dado que existe un riesgo inminente que requiere la protección inmediata del derecho fundamental a la vida, de todos los residentes del Conjunto residencial afectado, a fin de evitar un hecho de mayor impacto como lo es la pérdida de vidas humanas por negligencia o tardanza en trámites que requiere prontitud y los cuales son de pleno conocimiento”
Mendoza Castrillón subrayó que gracias a la intervención oportuna de la Personería sustentadas en argumentos y pruebas aportadas, el fallo judicial ordena que se lleve a cabo el estudio técnico estructural y del suelo, con base en un cronograma de acción para proteger a las familias de un posible riesgo de colapso.
El Personero Distrital recordó que el pasado 7 de mayo, el inspector de Policía urbana de la comuna 5 en la Ribera, había ordenado la evacuación preventiva de la estructura y el no uso de la edificación, situación que contó con el seguimiento del Ministerio Público, logrando intervenir mediante acción constitucional que la Administración Distrital iniciará todo lo referente a proteger la vida de los habitantes de esta urbanización al nororiente de la ciudad.
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